Pasar al contenido principal

ANTE LA CONSTATACIÓN DE DESVIACIONES A LAS NORMAS LEGALES, LA INTENDENCIA DE SALTO INTERPONDRÁ UN RECURSO DE REPOSICIÓN POR SUELDO DE EDILES

08/05/2017

El pasado jueves 27 de abril, la Junta Departamental de Salto votó una modificación presupuestal a su presupuesto, que en el artículo 4 establece fijar una partida mensual de 15 mil pesos para ediles titulares y 3 mil pesos para los suplentes. Estas partidas serán por gastos de representación y estarán exentas de rendición, ante lo cual la Intendencia de Salto interpondrá un Recurso de Reposición que pretende que la propia Administración revoque ese acto administrativo que se entiende contrario a Derecho..

El artículo 295 de la Constitución de la República establece: “Los cargos de miembros de Juntas Departamentales y de Juntas Locales serán honorarios”; por lo que esta modificación claramente desconoce esta disposición constitucional. A su vez el artículo 132 del TOCAF establece: “Todo funcionario o empleado, como así también toda persona física o jurídica que perciba fondos en carácter de recaudador, depositario o pagador o que administre, utilice o custodie otros bienes o pertenencias del Estado, con o sin autorización legal, está obligado a rendir cuenta documentada o comprobable de su versión, utilización o gestión”, por lo que hay un apartamiento de los principios y procedimientos de buena administración, en lo relativo al manejo de dinero o bienes públicos.

Ante la constatación de estas desviaciones a las normas legales, el Intendente de Salto interpondrá este lunes 8 de mayo, a la Junta Departamental, un Recurso de Reposición, que consiste en un recurso administrativo que tiene por objeto la impugnación de los actos administrativos, con la finalidad de facilitar a la administración la posibilidad de rectificar su decisión, evitando de esta forma, un pronunciamiento adverso y posibilitando su actuación conforme a ley.